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SEGUROS - CARLOS JAVIER BOBADILLA - @CJBobadilla @BobadillaBlog

jueves, 24 de noviembre de 2011

QUE QUIERES ASEGURAR?... PIDE!





En estos días que existen tantos riesgos, desde nosotros mismos como personas, hasta la mas mínima posesión que tengamos, nos preguntamos, y si quiero asegurar todo lo que tengo, se puede?... Bueno, no es ilógica la pregunta, ya que los ladrones o cualquier persona mal intencionada, no duda a la hora de robar o dañar lo de otras personas.

Por que este tema?, para no redundar tanto, les diré que, actualmente, se puede asegurar (por no decir todo) casi todas las cosas: Artículos, objetos valiosos, eventos importantes, empresas grandes, medianas, pequeñas; Nuestra propia persona (seguro de salud y Vida); CELULARES, BODAS,  <------????? Sí, así es, leyeron bien. Quizás en nuestro país (Rep. Dom) no sean frecuentes, o mas bien ni existan estos tipos de seguros, pero en otros países si, como son el caso de España, Francia, Holanda, donde se pueden asegurar bienes como los aparatos Móviles (Celulares), y actividades tales como las bodas.

De que manera?, en el caso de los aparatos Móviles (Celulares), en caso de robo, le reponen al asegurado su aparato (el mismo que tenia) y bloquean el aparato que fue robado mediante una llamada telefónica gratuita.Todo esto claro, tras previa contratación, y cumpliendo con los requisitos de la aseguradora. Esto es de gran ventaja, en especial con los smartphones  caros como los iPhones y demás, ya que te garantiza el poder tener tu móvil sin tener que estar con el gran susto de si te lo roban, o si se te extravía, y perder la cantidad de dinero que pagaste por el, sin mencionar también que podría reducir los robos. Aunque actualmente existen métodos para cuando le roban el celular a las personas, como el bloqueo de la telefónica con el IMEI del celular, pero, aun no esta la solución de reponerte tu aparato.La prima a pagar para este tipo de poliza oscila entre los 30 y 40 euros, lo que equivaldría en nuestro país no mas de RD$2,000.00. Sin duda, un palo.

En cuanto a Las Bodas. No debería sorprender el hecho de que se aseguren eventos, tales como conciertos y otras presentación artísticas, ya que para esto existen Garantías como las Fianzas, pero... Una Boda?, Como así?. Bueno, sucede que si ya esta coordinada la boda, bizcocho, invitados, lugar, decoraciones, comida, música y demás preparativos que se necesiten en una boda, que pasa si por alguna causa mayor (no necesariamente porque la novia se arrepintió) se debe suspender la boda? A toda esa gente que se contrato para trabajar, y trabajo, hay que pagarle ...(imagine que el novio enfermo de apendicitis el día anterior y hubo que operarlo de emergencia)... Exactamente, en ese tipo de casos se pensó al crear esta póliza de seguros, la cual da derecho a indemnización por suspensión o aplazamiento de la boda siempre que no sea posible encontrar una solución. Que significa que los gastos que se realizaron por conceptos de la boda pueden ser recuperados por haber contratado esta póliza de seguros. Tras solucionar los problemas que impidieron el desarrollo de la boda, pues, se puede nuevamente escoger fecha y (taran taran) "Hay Boda" Otra vez. La prima para esta póliza, varía dependiendo de la magnitud de la boda, donde previo a contratación, se deben indicar el estimado de los gastos que se incurrirán.

Estos son solo algunos casos, (extraños en nuestro país) de cosas que se aseguran. Ya que, como mencione mas arriba, ya hay países en los cuales este tipo de póliza de seguros es común.  Talvez conozcamos seguros de miembros del cuerpo, los cuales frecuentan en los deportes, donde el lanzador, por ejemplo, se asegura el brazo, y en caso de lesión, se beneficia (dependiendo de la liga en que juegue) el asegurado, y el beneficiario, que en este caso, seria su equipo. Hasta  artistas que se pueden asegurar partes del cuerpo importantes para su carrera, etc.

En realidad es amplia la gran variedad de seguros que pueden existir, ya que, como en todo, los tiempos van cambiando, al igual que la forma de pensar de las personas. Pero, para tener una idea de que se puede asegurar, hasta el momento estos son algunos de los parámetros que se toman en cuenta, como requisitos:

  • Debe tratarse de una cosa corporal o incorporal.
  • Debe existir al tiempo del contrato, o al menos al tiempo en que empiecen a correr los riesgos
  • Debe ser tasable en dinero
  • Debe ser objeto de una estipulación lícita
  • Debe estar expuesta a perderse por el riesgo que corre el asegurado.

ENTONCES, QUE QUIERES ASEGURAR?... PIDE!




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